Alumnado de nuevo ingreso con prueba de clasificación

Alumnado nuevo que tiene que realizar la prueba de clasificación

A partir del 16 de junio, se publicará en el tablón de anuncios de la Escuela Oficial de Idiomas Los Cristianos:

  - La fecha de la prueba de clasificación.

  - El listado de alumnos convocados.

  - El plazo para que ingresen las tasas correspondientes a esa prueba y entreguen en la secretaría del centro el justificante de pago.

TASA ( modelo 700 ) de la prueba de clasificación:


Ordinaria

 
                  17,02  €

Familia numerosa 1º


                   8,51

Familia numerosa 2º

                         0  €

 

El modelo 700 se obtiene en la siguiente dirección de INTERNET:
https://www.gobiernodecanarias.org/tributos/oficinavirtual/apps/modelo700/InicioSesion.asp

Una vez obtenido el impreso (modelo 700) se podrá efectuar el ingreso en una de las siguientes entidades colaboradoras: Caja Siete, La Caixa, BBVA o Banca March.

En caso se matricularse de dos idiomas, el ingreso de la matrícula se realizará en un solo documento de pago.

       PRE-INSCRIPCIÓN

                         (SOLICITUD DE PLAZA)

                          Curso 2014/2015

         del 5 al 19 de mayo de 2014          

Requisitos de acceso.

1. Podrán acceder a enseñanzas de idiomas de régimen especial las personas que tengan dieciséis años cumplidos en el año en que comiencen sus estudios, así como los mayores de catorce años en un idioma distinto del cursado en educación secundaria obligatoria.
En el caso de los nacionales de un país cuya lengua oficial coincida con aquella en la que solicitan ser admitidos, los interesados deberán acreditar que no se trata de su lengua materna ni de la lengua de su escolarización ordinaria.

2. La admisión de este alumnado vendrá dada por el siguiente orden de prioridad:
1º) Mayores de 18 años trabajadores o desempleados.
2º) Mayores de 18 años escolarizados.
3º) Mayores de 16 años escolarizados o no.
4º) Mayores de 14 años que deseen estudiar un idioma distinto del que cursan en la educación secundaria obligatoria.
Si el solicitante no obtuviera plaza en la primera opción, se aplicará el mismo orden de prioridad para las siguientes opciones solicitadas.

3. Para ser admitido en un segundo idioma es preciso que existan vacantes una vez admitidos todos los aspirantes en el primer idioma elegido.

Períodos de solicitud de plaza: ordinario y extraordinario.
El proceso de admisión consta de dos períodos diferenciados: ordinario (mayo-julio) y extraordinario (septiembre), según el calendario que figura en el Anexo VII.

 

Procedimiento para solicitud de plaza.

Con el fin de facilitar el tratamiento informático de los datos, agilizar la tramitación de su petición y evitar errores en su cumplimentación, la persona solicitante cumplimentará su solicitud a través del generador telemático de solicitudes al que se podrá acceder desde la página web de la Consejería de Educación, Universidades y Sostenibilidad (http://www.gobiernodecanarias.org/educacion), en el enlace “Generador de solicitudes”. La solicitud deberá ser impresa y entregarse en la secretaría del centro solicitado en primer lugar acompañada de una fotocopia del D.N.I., N.I.E. o pasaporte.

Solicitantes de prueba de clasificación.

1. En el momento de solicitar plaza, la persona que desee acceder a un curso superior a Básico 1 a través de la prueba de clasificación deberá consignarlo en su solicitud. La no presentación a la prueba de clasificación solicitada implicará la pérdida del derecho a la obtención de plaza.
2. Una vez publicadas las listas definitivas de solicitantes en el plazo recogido en el Anexo VII de la resolución, cada escuela oficial de idiomas hará pública la fecha y el listado de alumnos convocados a la prueba de clasificación. Igualmente se publicará el plazo para que el alumnado convocado ingrese las tasas correspondientes a esta prueba de clasificación y entregue en la secretaría del centro el justificante de haber ingresado esas tasas. De no hacerlo así no podrá presentarse a la prueba de clasificación y su solicitud de plaza quedará anulada.


Adjudicación de plazas y reservas.
1. En la fecha recogida en el Anexo VII se publicarán las listas definitivas de solicitantes, que incluirá la adjudicación de plazas y los solicitantes en reserva ordenados según mejor derecho. Las personas a quienes se haya adjudicado plaza deberán formalizar su matrícula obligatoriamente en el plazo recogido en el citado anexo y siguiendo las indicaciones recogidas en la instrucción séptima. De no hacerlo se perderá la plaza obtenida y la solicitud quedará anulada.
2. Una vez finalizado el plazo para que el alumnado de nuevo ingreso que ha obtenido plaza formalice su matrícula, en el mes de julio y según el calendario recogido en el Anexo VII se publicarán las posibles plazas vacantes que existieran y se adjudicarán a solicitantes en reserva ordenados según mejor derecho. La publicación y adjudicación de estas vacantes se realizará a través de la aplicación de admisión y del tablón de anuncios de cada EOI.

Formalización de la matrícula.
Una vez admitido, el alumnado de nuevo ingreso deberá formalizar su matrícula en la secretaría del centro. Para lo que deberá adjuntar la documentación que se relaciona en el Anexo XI. De no hacerlo así perderá la plaza obtenida.

Anexo VII   Calendario de admisión y matrícula .                                  

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Solicitud de plaza en el período extraordinario de septiembre.

 

1. Una vez finalizado el período ordinario de admisión, se abrirá un nuevo período en el mes de septiembre. Durante este período extraordinario se admitirá la participación de nuevos solicitantes, que deberán entregar su solicitud de plaza en el período recogido en el Anexo VII y siguiendo las indicaciones recogidas en la instrucción cuarta.


2. Las personas que participaron en el período ordinario, les fue adjudicada una vacante y no formalizaron la matrícula, de acuerdo con lo recogido en la anterior instrucción sexta, podrán volver a presentar una nueva solicitud en este período extraordinario de admisión.

3. Para este período extraordinario también se considerarán las solicitudes presentadas en el período ordinario y que quedaron en situación de reserva, sin que sea necesario, en este caso, presentar una nueva solicitud, a menos que deseen modificar la solicitud presentada en el período ordinario.


4. Las solicitudes de personas que, en el período ordinario, resultaran admitidas y formalizaran la matrícula para un idioma, pero que incluyeran peticiones para otros idiomas que quedaran en situación de reserva, se mantendrán y serán consideradas para esos otros idiomas en el período extraordinario de septiembre, no admitiéndose modificaciones.

 

Solicitantes de pruebas de clasificación

 

Si vas a realizar la prueba de clasificación, puedes autoevaluarte siguiendo esta guía para saber a qué nivel debes presentarte.

                    guía de orientación

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